Relación de las resoluciones emitidas por el Instituto
Información 2017 y anterior 2018 2019 2020 2021 2022
Ejercicio | Fecha de inicio del periodo que se informa (día/mes/año) | Fecha de término del periodo que se informa (día/mes/año) | Origen de la resolución (catálogo) | Número de Expediente | Fecha de la resolución | Sujeto obligado parte | Hechos y circunstancias que dieron origen a la resolución | Fundamento de la resolución | Sentido de la resolución | Fecha de notificación de la resolución al sujeto obligado involucrado | Hipervínculo a la resolución | Fecha de cumplimiento de la resolución | Hipervínculo a la nueva respuesta emitida por el sujeto obligado y entregada al solicitante | Estado de la resolución (catálogo) | Fecha de conclusión de la resolución, en caso de que ésta se encuentre concluida | Hipervínculo al acuerdo, emitido por el organismo garante, que determine el estado de la resolución |
Hipervínculo a documentos de seguimiento por parte del organismo garante | Hipervínculo al informe o dictamen de cumplimiento o incumplimiento por el organismo garante | Nombre del área o funcionario público encargado de verificar su cumplimiento | Área(s) responsable(s) que genera(n), posee(n), publica(n) y actualizan la información | Fecha de validación | Fecha de actualización | Nota |
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2020 | 01/04/2020 | 30/06/2020 | Recurso de revisión | RR.IP.3006/2020 | 30/06/2020 | En Sesión Plenaria del 20 de marzo de 2020, a través del Acuerdo 1246/SE/20-03/2020, se dejaron sin efectos las fechas del calendario de sesiones del Pleno aprobadas por el diverso 4102/SO/18-12/2019, durante el periodo de suspensión de plazos y términos, derivado del brote del virus COVID-19. Por lo anterior, no se generó información correspondiente al periodo que se informa. |
En Sesión Plenaria del 20 de marzo de 2020, a través del Acuerdo 1246/SE/20-03/2020, se dejaron sin efectos las fechas del calendario de sesiones del Pleno aprobadas por el diverso 4102/SO/18-12/2019, durante el periodo de suspensión de plazos y términos, derivado del brote del virus COVID-19. Por lo anterior, no se generó información correspondiente al periodo que se informa. |
En Sesión Plenaria del 20 de marzo de 2020, a través del Acuerdo 1246/SE/20-03/2020, se dejaron sin efectos las fechas del calendario de sesiones del Pleno aprobadas por el diverso 4102/SO/18-12/2019, durante el periodo de suspensión de plazos y términos, derivado del brote del virus COVID-19. Por lo anterior, no se generó información correspondiente al periodo que se informa. |
En Sesión Plenaria del 20 de marzo de 2020, a través del Acuerdo 1246/SE/20-03/2020, se dejaron sin efectos las fechas del calendario de sesiones del Pleno aprobadas por el diverso 4102/SO/18-12/2019, durante el periodo de suspensión de plazos y términos, derivado del brote del virus COVID-19. Por lo anterior, no se generó información correspondiente al periodo que se informa. |
30/06/2020 | https://infocdmx.org.mx/LTAIPRC-2016-OT/Art133/Fr01/2020/A133Fr01_2020_Informe.pdf | 30/06/2020 | https://infocdmx.org.mx/LTAIPRC-2016-OT/Art133/Fr01/2020/A133Fr01B_2020_T02.docx | En proceso | 30/06/2020 | https://infocdmx.org.mx/LTAIPRC-2016-OT/Art133/Fr01/2020/A133Fr01B_2020_T02.docx | https://infocdmx.org.mx/LTAIPRC-2016-OT/Art133/Fr01/2020/A133Fr01B_2020_T02.docx | https://infocdmx.org.mx/LTAIPRC-2016-OT/Art133/Fr01/2020/A133Fr01B_2020_T02.docx | DIRECCIÓN DE ASUNTOS JURÍDICOS | Secretaría Técnica y Dirección de Asuntos Jurídicos | 30/06/2020 | 30/06/2020 | SECRETARÍA TÉCNICA: Considerando que en Sesión Plenaria del 20 de marzo de 2020, a través del Acuerdo 1246/SE/20-03/2020, se dejaron sin efectos las fechas del calendario de sesiones del Pleno aprobadas por el diverso 4102/SO/18-12/2019, durante el periodo de suspensión de plazos y términos, derivado del brote del virus COVID-19, como medida preventiva de riesgos laborales, además de la protección del derecho a la salud de las personas integrantes de los sujetos obligados y al público en general. Acordándose que el Pleno podrá sesionar en los casos que considere necesarios. En este sentido, y como consecuencia de la suspensión antes descrita, no correrán plazos y términos relacionados, entre otros, con: 1. La recepción, substanciación, práctica de notificaciones, resolución y seguimiento a los recursos de revisión interpuestos ante el Instituto. 2. La recepción, substanciación, práctica de notificaciones, resolución y seguimiento de denuncias derivadas de posibles incumplimientos a las obligaciones de transparencia establecidas en la Ley de Transparencia. 3. La recepción, substanciación, práctica de notificaciones, resolución y seguimiento de los escritos interpuestos por probables infracciones a la Ley de Datos. Por lo tanto, las 12 sesiones ordinarias que se tenían programadas a realizarse durante el periodo que se informa no se llevaron a cabo; sin embargo, el Pleno sesionó 6 veces de manera extraordinaria, en las cuales fueron aprobados 18 Acuerdos. Ahora bien, al estar suspendidos los plazos y términos para la recepción, substanciación, práctica de notificaciones, resolución y seguimiento a los recursos de revisión, denuncias derivadas de posibles incumplimientos a las obligaciones de transparencia y los escritos interpuestos por probables infracciones a la Ley de Datos Personales, el Pleno del Instituto no aprobó resoluciones relacionadas con estos temas. Considerando que en Sesión Plenaria del 20 de marzo de 2020, a través del Acuerdo 1246/SE/20-03/2020, se dejaron sin efectos las fechas del calendario de sesiones del Pleno aprobadas por el diverso 4102/SO/18-12/2019, durante el periodo de suspensión de plazos y términos, derivado del brote del virus COVID-19, como medida preventiva de riesgos laborales, además de la protección del derecho a la salud de las personas integrantes de los sujetos obligados y al público en general. Acordándose que el Pleno podrá sesionar en los casos que considere necesarios. En este sentido, y como consecuencia de la suspensión antes descrita, no correrán plazos y términos relacionados, entre otros, con: 1. La recepción, substanciación, práctica de notificaciones, resolución y seguimiento a los recursos de revisión interpuestos ante el Instituto. 2. La recepción, substanciación, práctica de notificaciones, resolución y seguimiento de denuncias derivadas de posibles incumplimientos a las obligaciones de transparencia establecidas en la Ley de Transparencia. 3. La recepción, substanciación, práctica de notificaciones, resolución y seguimiento de los escritos interpuestos por probables infracciones a la Ley de Datos. Por lo tanto, las 12 sesiones ordinarias que se tenían programadas a realizarse durante el periodo que se informa no se llevaron a cabo; sin embargo, el Pleno sesionó 6 veces de manera extraordinaria, en las cuales fueron aprobados 18 Acuerdos. Ahora bien, al estar suspendidos los plazos y términos para la recepción, substanciación, práctica de notificaciones, resolución y seguimiento a los recursos de revisión, denuncias derivadas de posibles incumplimientos a las obligaciones de transparencia y los escritos interpuestos por probables infracciones a la Ley de Datos Personales, el Pleno del Instituto no aprobó resoluciones relacionadas con estos temas. |
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