El Instituto determinará dentro de sus competencias, los casos en que se deban cumplir con las obligaciones de transparencia y acceso a la información señaladas en la legislación de la materia, directamente o a través de los sujetos obligados a las personas físicas o morales que:

I. Reciban o ejerzan recursos públicos;

II. Reciban un ingreso local que sea preponderante dentro de su presupuesto, o bien, subsidios, condonaciones o reducciones fiscales;

III. Actúen como un ente de autoridad o realicen una actividad de interés público;

IV. Sean sujetos a permisos, concesiones o licencias; y

V. Cuenten con algún permiso de uso o explotación de bienes públicos, ya sea directamente o de forma subordinada.

Los sujetos obligados correspondientes deberán enviar al Instituto trimestralmente un listado de las personas físicas o morales que se encuentre en los supuestos mencionados.
El Instituto tomará en cuenta si realizan una función gubernamental, el nivel de financiamiento o beneficio público, el nivel de regulación e involucramiento gubernamental y si el gobierno participó en su creación, para resolver sobre el cumplimento de lo señalado en el primer párrafo de este artículo. Artículo 140. Para determinar



Ejercicio Fecha de inicio del periodo que se informa Fecha de término del periodo que se informa Sujeto obligado que envió el listado de personas físicas o morales Fecha de la sesión del Pleno del Organismo garante en que se aprobó el Padrón Hipervínculo al Acuerdo aprobado por el Pleno del Organismo garante Hipervínculo al Padrón de Personas físicas y morales sujetas a obligaciones de transparencia Área(s) responsable(s) que genera(n), posee(n), publica(n) y actualizan la información Fecha de validación Fecha de actualización Nota
2023 01/01/2023 31/12/2023 https://documentosobligaciones.infocdmx.org.mx/DEAEE/LTAIPRC-2016-OT/Art139/2023/A139_140_2023-T01-T04_Listado-de-sujetos-obligados-que-el-organismo-garante-determinó.docx https://documentosobligaciones.infocdmx.org.mx/DEAEE/LTAIPRC-2016-OT/Art139/2023/A139_140_2023-T01-T04_Listado-de-sujetos-obligados-que-el-organismo-garante-determinó.docx https://documentosobligaciones.infocdmx.org.mx/DEAEE/LTAIPRC-2016-OT/Art139/2023/A139_140_2023-T01-T04_Listado-de-sujetos-obligados-que-el-organismo-garante-determinó.docx Dirección de Estado Abierto, Estudios y Evaluación 12/01/2024 12/01/2024
2022 01/01/2022 31/12/2022 https://documentosobligaciones.infocdmx.org.mx/DEAEE/LTAIPRC-2016-OT/Art139/2022/A139A_2022-T01-T04_Listado-de-sujetos-obligados-que-el-organismo-garante-determinó.docx https://documentosobligaciones.infocdmx.org.mx/DEAEE/LTAIPRC-2016-OT/Art139/2022/A139A_2022-T01-T04_Listado-de-sujetos-obligados-que-el-organismo-garante-determinó.docx https://documentosobligaciones.infocdmx.org.mx/DEAEE/LTAIPRC-2016-OT/Art139/2022/A139A_2022-T01-T04_Listado-de-sujetos-obligados-que-el-organismo-garante-determinó.docx Dirección de Estado Abierto, Estudios y Evaluación 06/01/2023 06/01/2023
2021 01/01/2021 31/12/2021 Con base en lo establecido en los artículos 139 y 140 de la Ley de Transparencia, Acceso a la

Información Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México y al Acuerdo

3772/SO/27-11/2019 del Pleno del Instituto, mediante el cual se reforman los Lineamientos Técnicos

para publicar, homologar y estandarizar la información de las Obligaciones establecidas en el

Título Quinto de la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas

de la Ciudad de México, se informa que los Lineamientos técnicos establecen el procedimiento para

recibir informes por parte de los sujetos obligados respecto de las personas físicas o morales que

reciban o ejerzan recursos públicos o realizan actos de autoridad. Sin embargo, a la fecha, no se

han recibido los listados de personas físicas y morales que se ubican en los supuestos mencionados,

por parte de los sujetos obligados, en atención a lo dispuesto en los artículos 139 y 140 de la

Ley de la materia. Por lo que, no se han recibido tampoco los listados de información de interés

público a cargo de las personas físicas y morales mencionadas.
https://documentosobligaciones.infocdmx.org.mx/DEAEE/LTAIPRC-2016-OT/Art139/2021/A139A_2021-T01-T04_Listados-de-sujetos-obli.docx https://documentosobligaciones.infocdmx.org.mx/DEAEE/LTAIPRC-2016-OT/Art139/2021/A139A_2021-T01-T04_Listados-de-sujetos-obli.docx Dirección de Estado Abierto, Estudios y Evaluación 31/12/2021 31/12/2021
2020 01/01/2020 31/12/2020 Con base en lo establecido en los artículos 139 y 140 de la Ley de Transparencia, Acceso a la

Información Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México y al Acuerdo

3772/SO/27-11/2019 del Pleno del Instituto, mediante el cual se reforman los Lineamientos Técnicos

para publicar, homologar y estandarizar la información de las Obligaciones establecidas en el

Título Quinto de la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas

de la Ciudad de México, se informa que los Lineamientos técnicos establecen el procedimiento para

recibir informes por parte de los sujetos obligados respecto de las personas físicas o morales que

reciban o ejerzan recursos públicos o realizan actos de autoridad. Sin embargo, a la fecha, no se

han recibido los listados de personas físicas y morales que se ubican en los supuestos mencionados,

por parte de los sujetos obligados, en atención a lo dispuesto en los artículos 139 y 140 de la

Ley de la materia. Por lo que, no se han recibido tampoco los listados de información de interés

público a cargo de las personas físicas y morales mencionadas.
https://infocdmx.org.mx/LTAIPRC-2016-OT/Art139/2020/A139A_2020-T01-T04_Listado-de-sujetos-obli.docx https://infocdmx.org.mx/LTAIPRC-2016-OT/Art139/2020/A139A_2020-T01-T04_Listado-de-sujetos-obli.docx Dirección de Estado Abierto, Estudios y Evaluación. 31/12/2020 31/12/2020 Con base en lo establecido en los artículos 139 y 140 de la Ley de Transparencia, Acceso a la

Información Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México y al Acuerdo

3772/SO/27-11/2019 del Pleno del Instituto, mediante el cual se reforman los Lineamientos Técnicos

para publicar, homologar y estandarizar la información de las Obligaciones establecidas en el

Título Quinto de la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas

de la Ciudad de México, se informa que los Lineamientos técnicos establecen el procedimiento para

recibir informes por parte de los sujetos obligados respecto de las personas físicas o morales que

reciban o ejerzan recursos públicos o realizan actos de autoridad. Sin embargo, a la fecha, no se

han recibido los listados de personas físicas y morales que se ubican en los supuestos mencionados,

por parte de los sujetos obligados, en atención a lo dispuesto en los artículos 139 y 140 de la

Ley de la materia. Por lo que, no se han recibido tampoco los listados de información de interés

público a cargo de las personas físicas y morales mencionadas.
2019 01/01/2019 31/03/2019 Ver campo "nota" http://www.infocdmx.org.mx/LTAIPRC-2016-OT/Art139/2019/A139A_2019-T01_Leyenda.docx http://www.infocdmx.org.mx/LTAIPRC-2016-OT/Art139/2019/A139A_2019-T01_Leyenda.docx Dirección de Estado Abierto, Estudios y Evaluación 10/05/209 31/03/2019 http://www.infocdmx.org.mx/LTAIPRC-2016-OT/Art139/2019/A139A_2019-T01_Leyenda.docx
2018 01/10/2018 31/12/2018 Se informa que los listados con la relación de las personas físicas o morales enviados por los

Sujetos Obligados continúan en estudio, no obstante, en virtud del proceso de transición por el

que atraviesa este Órgano Garante, la información del Padrón de Personas físicas y morales

sujetas a obligaciones de transparencia y acceso a la información que resulten del proceso de

análisis, se publicará hasta que sea aprobado por el Pleno del INFODF. Es importante mencionar,

que la información de las personas físicas o morales que se encuentre en los supuestos mencionados

en este artículo, debe guardar relación con lo que cada sujeto obligado publica en la fracción

XXVIII del artículo 121.
http://www.infocdmx.org.mx/LTAIPRC-2016-OT/Art139/2018/A139_2018-T04_Leyenda_.pdf http://www.infocdmx.org.mx/LTAIPRC-2016-OT/Art139/2018/A139_2018-T04_Leyenda_.pdf Dirección de Evaluación, Estudios y Gobierno Abierto 28/01/2019 31/12/2018
2018 01/07/2018 30/09/2018 Se informa que los listados con la relación de las personas físicas o morales enviados por los

Sujetos Obligados continúan en estudio, no obstante, en virtud del proceso de transición por el

que atraviesa este Órgano Garante, la información del Padrón de Personas físicas y morales

sujetas a obligaciones de transparencia y acceso a la información que resulten del proceso de

análisis, se publicará hasta que sea aprobado por el Pleno del INFODF. Es importante mencionar,

que la información de las personas físicas o morales que se encuentre en los supuestos mencionados

en este artículo, debe guardar relación con lo que cada sujeto obligado publica en la fracción

XXVIII del artículo 121.
http://www.infocdmx.org.mx/LTAIPRC-2016-OT/Art139/2018/A139_2018-T01_Leyenda_.docx http://www.infocdmx.org.mx/LTAIPRC-2016-OT/Art139/2018/A139_2018-T01_Leyenda_.docx Dirección de Evaluación, Estudios y Gobienor Abierto 01/10/2018 01/10/2018
2018 01/01/2018 31/03/2018 Se informa que los listados con la relación de las personas físicas o morales enviados por los

Sujetos Obligados continúan en estudio, no obstante, en virtud del proceso de transición por el

que atraviesa este Órgano Garante, la información del Padrón de Personas físicas y morales

sujetas a obligaciones de transparencia y acceso a la información que resulten del proceso de

análisis, se publicará hasta que sea aprobado por el Pleno del INFODF. Es importante mencionar,

que la información de las personas físicas o morales que se encuentre en los supuestos mencionados

en este artículo, debe guardar relación con lo que cada sujeto obligado publica en la fracción

XXVIII del artículo 121.
http://www.infocdmx.org.mx/LTAIPRC-2016-OT/Art139/2018/A139_2018-T01_Leyenda_.docx http://www.infocdmx.org.mx/LTAIPRC-2016-OT/Art139/2018/A139_2018-T01_Leyenda_.docx Dirección de Evaluación, Estudios y Gobienor Abierto 31/03/2018 31/03/2018
2018 01/04/2018 30/06/2018 Se informa que los listados con la relación de las personas físicas o morales enviados por los

Sujetos Obligados continúan en estudio, no obstante, en virtud del proceso de transición por el

que atraviesa este Órgano Garante, la información del Padrón de Personas físicas y morales

sujetas a obligaciones de transparencia y acceso a la información que resulten del proceso de

análisis, se publicará hasta que sea aprobado por el Pleno del INFODF. Es importante mencionar,

que la información de las personas físicas o morales que se encuentre en los supuestos mencionados

en este artículo, debe guardar relación con lo que cada sujeto obligado publica en la fracción

XXVIII del artículo 121.
http://www.infocdmx.org.mx/LTAIPRC-2016-OT/Art139/2018/A139_2018-T01_Leyenda_.docx http://www.infocdmx.org.mx/LTAIPRC-2016-OT/Art139/2018/A139_2018-T01_Leyenda_.docx Dirección de Evaluación, Estudios y Gobienor Abierto 17/07/2018 30/06/2018


No contenida por la LGT



El Instituto determinará dentro de sus competencias, los casos en que se deban cumplir con las obligaciones de transparencia y acceso a la información señaladas en la legislación de la materia, directamente o a través de los sujetos obligados a las personas físicas o morales que:

I. Reciban o ejerzan recursos públicos;

II. Reciban un ingreso local que sea preponderante dentro de su presupuesto, o bien, subsidios, condonaciones o reducciones fiscales;

III. Actúen como un ente de autoridad o realicen una actividad de interés público;

IV. Sean sujetos a permisos, concesiones o licencias; y

V. Cuenten con algún permiso de uso o explotación de bienes públicos, ya sea directamente o de forma subordinada.

Los sujetos obligados correspondientes deberán enviar al Instituto trimestralmente un listado de las personas físicas o morales que se encuentre en los supuestos mencionados.
El Instituto tomará en cuenta si realizan una función gubernamental, el nivel de financiamiento o beneficio público, el nivel de regulación e involucramiento gubernamental y si el gobierno participó en su creación, para resolver sobre el cumplimento de lo señalado en el primer párrafo de este artículo. Artículo 140. Para determinar



Ejercicio Fecha de inicio del periodo que se informa Fecha de término del periodo que se informa Sujeto obligado responsable de la asignación de recursos públicos o actos de autoridad Nombre(s) de la persona física o moral que reciba o utilice recursos públicos Primer apellido de la persona física que reciba o utilice recursos públicos Segundo apellido de la persona física que reciba o utilice recursos públicos Razón social de la persona moral que reciba o utilice recursos públicos o ejerza actos de autori Tipo de acción conferida (catálogo) Cumplimiento de obligaciones de transparencia (catálogo) Área(s) responsable(s) que genera(n), posee(n), publica(n) y actualizan la información Fecha de validación Fecha de actualización Nota
2023 01/01/2023 31/12/2023 Con base en lo establecido en los artículos 139 y 140 de la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México, así como en los Lineamientos Técnicos para publicar, homologar y estandarizar la información de las Obligaciones establecidas en el Título Quinto de la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México, se informa que los Lineamientos técnicos establecen el procedimiento para recibir informes por parte de los sujetos obligados respecto de las personas físicas o morales que reciban o ejerzan recursos públicos o realizan actos de autoridad. Sin embargo, a la fecha, no se han recibido listados de personas físicas y morales que se ubican en los supuestos mencionados, por parte de los sujetos obligados, en atención a lo dispuesto en los artículos 139 y 140 de la Ley de la materia. Por lo que, no se han recibido tampoco listados de información de interés público a cargo de las personas físicas y morales mencionadas. Con base en lo establecido en los artículos 139 y 140 de la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México, así como en los Lineamientos Técnicos para publicar, homologar y estandarizar la información de las Obligaciones establecidas en el Título Quinto de la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México, se informa que los Lineamientos técnicos establecen el procedimiento para recibir informes por parte de los sujetos obligados respecto de las personas físicas o morales que reciban o ejerzan recursos públicos o realizan actos de autoridad. Sin embargo, a la fecha, no se han recibido listados de personas físicas y morales que se ubican en los supuestos mencionados, por parte de los sujetos obligados, en atención a lo dispuesto en los artículos 139 y 140 de la Ley de la materia. Por lo que, no se han recibido tampoco listados de información de interés público a cargo de las personas físicas y morales mencionadas. Con base en lo establecido en los artículos 139 y 140 de la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México, así como en los Lineamientos Técnicos para publicar, homologar y estandarizar la información de las Obligaciones establecidas en el Título Quinto de la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México, se informa que los Lineamientos técnicos establecen el procedimiento para recibir informes por parte de los sujetos obligados respecto de las personas físicas o morales que reciban o ejerzan recursos públicos o realizan actos de autoridad. Sin embargo, a la fecha, no se han recibido listados de personas físicas y morales que se ubican en los supuestos mencionados, por parte de los sujetos obligados, en atención a lo dispuesto en los artículos 139 y 140 de la Ley de la materia. Por lo que, no se han recibido tampoco listados de información de interés público a cargo de las personas físicas y morales mencionadas. Con base en lo establecido en los artículos 139 y 140 de la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México, así como en los Lineamientos Técnicos para publicar, homologar y estandarizar la información de las Obligaciones establecidas en el Título Quinto de la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México, se informa que los Lineamientos técnicos establecen el procedimiento para recibir informes por parte de los sujetos obligados respecto de las personas físicas o morales que reciban o ejerzan recursos públicos o realizan actos de autoridad. Sin embargo, a la fecha, no se han recibido listados de personas físicas y morales que se ubican en los supuestos mencionados, por parte de los sujetos obligados, en atención a lo dispuesto en los artículos 139 y 140 de la Ley de la materia. Por lo que, no se han recibido tampoco listados de información de interés público a cargo de las personas físicas y morales mencionadas. Con base en lo establecido en los artículos 139 y 140 de la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México, así como en los Lineamientos Técnicos para publicar, homologar y estandarizar la información de las Obligaciones establecidas en el Título Quinto de la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México, se informa que los Lineamientos técnicos establecen el procedimiento para recibir informes por parte de los sujetos obligados respecto de las personas físicas o morales que reciban o ejerzan recursos públicos o realizan actos de autoridad. Sin embargo, a la fecha, no se han recibido listados de personas físicas y morales que se ubican en los supuestos mencionados, por parte de los sujetos obligados, en atención a lo dispuesto en los artículos 139 y 140 de la Ley de la materia. Por lo que, no se han recibido tampoco listados de información de interés público a cargo de las personas físicas y morales mencionadas. Ejerce actos de autoridad A través de Sujeto Obligado Dirección de Estado Abierto, Estudios y Evaluación 12/01/2024 12/01/2024
2022 01/01/2022 31/12/2022 Con base en lo establecido en los artículos , 139 y 140 de la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México, así como en los Lineamientos Técnicos para publicar, homologar y estandarizar la información de las Obligaciones establecidas en el Título Quinto de la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México, se informa que los Lineamientos técnicos establecen el procedimiento para recibir informes por parte de los sujetos obligados respecto de las personas físicas o morales que reciban o ejerzan recursos públicos o realizan actos de autoridad. Sin embargo, a la fecha, no se han recibido listados de personas físicas y morales que se ubican en los supuestos mencionados, por parte de los sujetos obligados, en atención a lo dispuesto en los artículos 139 y 140 de la Ley de la materia. Por lo que, no se han recibido tampoco listados de información de interés público a cargo de las personas físicas y morales mencionadas. Con base en lo establecido en los artículos , 139 y 140 de la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México, así como en los Lineamientos Técnicos para publicar, homologar y estandarizar la información de las Obligaciones establecidas en el Título Quinto de la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México, se informa que los Lineamientos técnicos establecen el procedimiento para recibir informes por parte de los sujetos obligados respecto de las personas físicas o morales que reciban o ejerzan recursos públicos o realizan actos de autoridad. Sin embargo, a la fecha, no se han recibido listados de personas físicas y morales que se ubican en los supuestos mencionados, por parte de los sujetos obligados, en atención a lo dispuesto en los artículos 139 y 140 de la Ley de la materia. Por lo que, no se han recibido tampoco listados de información de interés público a cargo de las personas físicas y morales mencionadas. Con base en lo establecido en los artículos , 139 y 140 de la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México, así como en los Lineamientos Técnicos para publicar, homologar y estandarizar la información de las Obligaciones establecidas en el Título Quinto de la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México, se informa que los Lineamientos técnicos establecen el procedimiento para recibir informes por parte de los sujetos obligados respecto de las personas físicas o morales que reciban o ejerzan recursos públicos o realizan actos de autoridad. Sin embargo, a la fecha, no se han recibido listados de personas físicas y morales que se ubican en los supuestos mencionados, por parte de los sujetos obligados, en atención a lo dispuesto en los artículos 139 y 140 de la Ley de la materia. Por lo que, no se han recibido tampoco listados de información de interés público a cargo de las personas físicas y morales mencionadas. Con base en lo establecido en los artículos , 139 y 140 de la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México, así como en los Lineamientos Técnicos para publicar, homologar y estandarizar la información de las Obligaciones establecidas en el Título Quinto de la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México, se informa que los Lineamientos técnicos establecen el procedimiento para recibir informes por parte de los sujetos obligados respecto de las personas físicas o morales que reciban o ejerzan recursos públicos o realizan actos de autoridad. Sin embargo, a la fecha, no se han recibido listados de personas físicas y morales que se ubican en los supuestos mencionados, por parte de los sujetos obligados, en atención a lo dispuesto en los artículos 139 y 140 de la Ley de la materia. Por lo que, no se han recibido tampoco listados de información de interés público a cargo de las personas físicas y morales mencionadas. Con base en lo establecido en los artículos , 139 y 140 de la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México, así como en los Lineamientos Técnicos para publicar, homologar y estandarizar la información de las Obligaciones establecidas en el Título Quinto de la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México, se informa que los Lineamientos técnicos establecen el procedimiento para recibir informes por parte de los sujetos obligados respecto de las personas físicas o morales que reciban o ejerzan recursos públicos o realizan actos de autoridad. Sin embargo, a la fecha, no se han recibido listados de personas físicas y morales que se ubican en los supuestos mencionados, por parte de los sujetos obligados, en atención a lo dispuesto en los artículos 139 y 140 de la Ley de la materia. Por lo que, no se han recibido tampoco listados de información de interés público a cargo de las personas físicas y morales mencionadas. Ejerce actos de autoridad A través de Sujeto Obligado Dirección de Estado Abierto, Estudios y Evaluación 06/01/2023 06/01/2023
2021 01/01/2021 31/12/2021 Con base en lo establecido en los artículos 139 y 140 de la Ley de Transparencia, Acceso a la

Información Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México y al Acuerdo

3772/SO/27-11/2019 del Pleno del Instituto, mediante el cual se reforman los Lineamientos Técnicos

para publicar, homologar y estandarizar la información de las Obligaciones establecidas en el

Título Quinto de la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas

de la Ciudad de México, se informa que los Lineamientos técnicos establecen el procedimiento para

recibir informes por parte de los sujetos obligados respecto de las personas físicas o morales que

reciban o ejerzan recursos públicos o realizan actos de autoridad. Sin embargo, a la fecha, no se

han recibido los listados de personas físicas y morales que se ubican en los supuestos mencionados,

por parte de los sujetos obligados, en atención a lo dispuesto en los artículos 139 y 140 de la

Ley de la materia. Por lo que, no se han recibido tampoco los listados de información de interés

público a cargo de las personas físicas y morales mencionadas.
Con base en lo establecido en los artículos 139 y 140 de la Ley de Transparencia, Acceso a la

Información Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México y al Acuerdo

3772/SO/27-11/2019 del Pleno del Instituto, mediante el cual se reforman los Lineamientos Técnicos

para publicar, homologar y estandarizar la información de las Obligaciones establecidas en el

Título Quinto de la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas

de la Ciudad de México, se informa que los Lineamientos técnicos establecen el procedimiento para

recibir informes por parte de los sujetos obligados respecto de las personas físicas o morales que

reciban o ejerzan recursos públicos o realizan actos de autoridad. Sin embargo, a la fecha, no se

han recibido los listados de personas físicas y morales que se ubican en los supuestos mencionados,

por parte de los sujetos obligados, en atención a lo dispuesto en los artículos 139 y 140 de la

Ley de la materia. Por lo que, no se han recibido tampoco los listados de información de interés

público a cargo de las personas físicas y morales mencionadas.
Con base en lo establecido en los artículos 139 y 140 de la Ley de Transparencia, Acceso a la

Información Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México y al Acuerdo

3772/SO/27-11/2019 del Pleno del Instituto, mediante el cual se reforman los Lineamientos Técnicos

para publicar, homologar y estandarizar la información de las Obligaciones establecidas en el

Título Quinto de la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas

de la Ciudad de México, se informa que los Lineamientos técnicos establecen el procedimiento para

recibir informes por parte de los sujetos obligados respecto de las personas físicas o morales que

reciban o ejerzan recursos públicos o realizan actos de autoridad. Sin embargo, a la fecha, no se

han recibido los listados de personas físicas y morales que se ubican en los supuestos mencionados,

por parte de los sujetos obligados, en atención a lo dispuesto en los artículos 139 y 140 de la

Ley de la materia. Por lo que, no se han recibido tampoco los listados de información de interés

público a cargo de las personas físicas y morales mencionadas.
Ejerce actos de autoridad A través de Sujeto Obligado Dirección de Estado Abierto, Estudios y Evaluación 31/12/2021 31/12/2021
2020 01/01/2020 31/12/2020 Con base en lo establecido en los artículos 139 y 140 de la Ley de Transparencia, Acceso a la

Información Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México y al Acuerdo

3772/SO/27-11/2019 del Pleno del Instituto, mediante el cual se reforman los Lineamientos Técnicos

para publicar, homologar y estandarizar la información de las Obligaciones establecidas en el

Título Quinto de la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas

de la Ciudad de México, se informa que los Lineamientos técnicos establecen el procedimiento para

recibir informes por parte de los sujetos obligados respecto de las personas físicas o morales que

reciban o ejerzan recursos públicos o realizan actos de autoridad. Sin embargo, a la fecha, no se

han recibido los listados de personas físicas y morales que se ubican en los supuestos mencionados,

por parte de los sujetos obligados, en atención a lo dispuesto en los artículos 139 y 140 de la

Ley de la materia. Por lo que, no se han recibido tampoco los listados de información de interés

público a cargo de las personas físicas y morales mencionadas.
Con base en lo establecido en los artículos 139 y 140 de la Ley de Transparencia, Acceso a la

Información Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México y al Acuerdo

3772/SO/27-11/2019 del Pleno del Instituto, mediante el cual se reforman los Lineamientos Técnicos

para publicar, homologar y estandarizar la información de las Obligaciones establecidas en el

Título Quinto de la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas

de la Ciudad de México, se informa que los Lineamientos técnicos establecen el procedimiento para

recibir informes por parte de los sujetos obligados respecto de las personas físicas o morales que

reciban o ejerzan recursos públicos o realizan actos de autoridad. Sin embargo, a la fecha, no se

han recibido los listados de personas físicas y morales que se ubican en los supuestos mencionados,

por parte de los sujetos obligados, en atención a lo dispuesto en los artículos 139 y 140 de la

Ley de la materia. Por lo que, no se han recibido tampoco los listados de información de interés

público a cargo de las personas físicas y morales mencionadas.
Con base en lo establecido en los artículos 139 y 140 de la Ley de Transparencia, Acceso a la

Información Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México y al Acuerdo

3772/SO/27-11/2019 del Pleno del Instituto, mediante el cual se reforman los Lineamientos Técnicos

para publicar, homologar y estandarizar la información de las Obligaciones establecidas en el

Título Quinto de la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas

de la Ciudad de México, se informa que los Lineamientos técnicos establecen el procedimiento para

recibir informes por parte de los sujetos obligados respecto de las personas físicas o morales que

reciban o ejerzan recursos públicos o realizan actos de autoridad. Sin embargo, a la fecha, no se

han recibido los listados de personas físicas y morales que se ubican en los supuestos mencionados,

por parte de los sujetos obligados, en atención a lo dispuesto en los artículos 139 y 140 de la

Ley de la materia. Por lo que, no se han recibido tampoco los listados de información de interés

público a cargo de las personas físicas y morales mencionadas.
Con base en lo establecido en los artículos 139 y 140 de la Ley de Transparencia, Acceso a la

Información Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México y al Acuerdo

3772/SO/27-11/2019 del Pleno del Instituto, mediante el cual se reforman los Lineamientos Técnicos

para publicar, homologar y estandarizar la información de las Obligaciones establecidas en el

Título Quinto de la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas

de la Ciudad de México, se informa que los Lineamientos técnicos establecen el procedimiento para

recibir informes por parte de los sujetos obligados respecto de las personas físicas o morales que

reciban o ejerzan recursos públicos o realizan actos de autoridad. Sin embargo, a la fecha, no se

han recibido los listados de personas físicas y morales que se ubican en los supuestos mencionados,

por parte de los sujetos obligados, en atención a lo dispuesto en los artículos 139 y 140 de la

Ley de la materia. Por lo que, no se han recibido tampoco los listados de información de interés

público a cargo de las personas físicas y morales mencionadas.
Con base en lo establecido en los artículos 139 y 140 de la Ley de Transparencia, Acceso a la

Información Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México y al Acuerdo

3772/SO/27-11/2019 del Pleno del Instituto, mediante el cual se reforman los Lineamientos Técnicos

para publicar, homologar y estandarizar la información de las Obligaciones establecidas en el

Título Quinto de la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas

de la Ciudad de México, se informa que los Lineamientos técnicos establecen el procedimiento para

recibir informes por parte de los sujetos obligados respecto de las personas físicas o morales que

reciban o ejerzan recursos públicos o realizan actos de autoridad. Sin embargo, a la fecha, no se

han recibido los listados de personas físicas y morales que se ubican en los supuestos mencionados,

por parte de los sujetos obligados, en atención a lo dispuesto en los artículos 139 y 140 de la

Ley de la materia. Por lo que, no se han recibido tampoco los listados de información de interés

público a cargo de las personas físicas y morales mencionadas.
Ejerce actos de autoridad A través de Sujeto Obligado Dirección de Estado Abierto, Estudios y Evaluación 31/12/2020 31/12/2020 Con base en lo establecido en los artículos 139 y 140 de la Ley de Transparencia, Acceso a la

Información Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México y al Acuerdo

3772/SO/27-11/2019 del Pleno del Instituto, mediante el cual se reforman los Lineamientos Técnicos

para publicar, homologar y estandarizar la información de las Obligaciones establecidas en el

Título Quinto de la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas

de la Ciudad de México, se informa que los Lineamientos técnicos establecen el procedimiento para

recibir informes por parte de los sujetos obligados respecto de las personas físicas o morales que

reciban o ejerzan recursos públicos o realizan actos de autoridad. Sin embargo, a la fecha, no se

han recibido los listados de personas físicas y morales que se ubican en los supuestos mencionados,

por parte de los sujetos obligados, en atención a lo dispuesto en los artículos 139 y 140 de la

Ley de la materia. Por lo que, no se han recibido tampoco los listados de información de interés

público a cargo de las personas físicas y morales mencionadas.
2019 01/01/2019 31/03/2019 Ver campo "nota" Ver campo "nota" Ver campo "nota" Ver campo "nota" Ver campo "nota" Dirección de Estado Abierto, Estudios y Evaluación 10/05/209 31/03/2019 http://www.infocdmx.org.mx/LTAIPRC-2016-OT/Art139/2019/A139A_2019-T01_Leyenda.docx
2018 01/10/2018 31/12/2018 Se informa que los listados con la relación de las personas físicas o morales enviados por los

Sujetos Obligados continúan en estudio, no obstante, en virtud del proceso de transición por el

que atraviesa este Órgano Garante, la información del Padrón de Personas físicas y morales

sujetas a obligaciones de transparencia y acceso a la información que resulten del proceso de

análisis, se publicará hasta que sea aprobado por el Pleno del INFODF. Es importante mencionar,

que la información de las personas físicas o morales que se encuentre en los supuestos mencionados

en este artículo, debe guardar relación con lo que cada sujeto obligado publica en la fracción

XXVIII del artículo 121.
No se generó información, revisar nota. No se generó información, revisar nota. No se generó información, revisar nota. No se generó información, revisar nota. Dirección de Evaluación, Estudios y Gobierno Abierto. 28/01/2019 31/12/2018
2018 01/07/2018 30/09/2018 Se informa que los listados con la relación de las personas físicas o morales enviados por los

Sujetos Obligados continúan en estudio, no obstante, en virtud del proceso de transición por el

que atraviesa este Órgano Garante, la información del Padrón de Personas físicas y morales

sujetas a obligaciones de transparencia y acceso a la información que resulten del proceso de

análisis, se publicará hasta que sea aprobado por el Pleno del INFODF. Es importante mencionar,

que la información de las personas físicas o morales que se encuentre en los supuestos mencionados

en este artículo, debe guardar relación con lo que cada sujeto obligado publica en la fracción

XXVIII del artículo 121.
No se generó información, revisar nota. No se generó información, revisar nota. No se generó información, revisar nota. No se generó información, revisar nota. Dirección de Evaluación, Estudios y Gobierno Abierto. 01/10/2018 01/10/2018 http://www.infocdmx.org.mx/LTAIPRC-2016-OT/Art139/2018/A139_2018-T01_Leyenda_.docx
2018 01/01/2018 31/03/2018 Se informa que los listados con la relación de las personas físicas o morales enviados por los

Sujetos Obligados continúan en estudio, no obstante, en virtud del proceso de transición por el

que atraviesa este Órgano Garante, la información del Padrón de Personas físicas y morales

sujetas a obligaciones de transparencia y acceso a la información que resulten del proceso de

análisis, se publicará hasta que sea aprobado por el Pleno del INFODF. Es importante mencionar,

que la información de las personas físicas o morales que se encuentre en los supuestos mencionados

en este artículo, debe guardar relación con lo que cada sujeto obligado publica en la fracción

XXVIII del artículo 121.
No se generó información, revisar nota. No se generó información, revisar nota. No se generó información, revisar nota. No se generó información, revisar nota. Dirección de Evaluación, Estudios y Gobierno Abierto. 31/03/2018 31/03/2018 http://www.infocdmx.org.mx/LTAIPRC-2016-OT/Art139/2018/A139_2018-T01_Leyenda_.docx
2018 01/04/2018 30/06/2018 Se informa que los listados con la relación de las personas físicas o morales enviados por los

Sujetos Obligados continúan en estudio, no obstante, en virtud del proceso de transición por el

que atraviesa este Órgano Garante, la información del Padrón de Personas físicas y morales

sujetas a obligaciones de transparencia y acceso a la información que resulten del proceso de

análisis, se publicará hasta que sea aprobado por el Pleno del INFODF. Es importante mencionar,

que la información de las personas físicas o morales que se encuentre en los supuestos mencionados

en este artículo, debe guardar relación con lo que cada sujeto obligado publica en la fracción

XXVIII del artículo 121.
No se generó información, revisar nota. No se generó información, revisar nota. No se generó información, revisar nota. No se generó información, revisar nota. Dirección de Evaluación, Estudios y Gobierno Abierto. 17/07/2018 30/06/2018 http://www.infocdmx.org.mx/LTAIPRC-2016-OT/Art139/2018/A139_2018-T01_Leyenda_.docx


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