Relación de las observaciones emitidas por el Instituto
Información 2017 y anterior 2018 2019 2020 2021 2022
Ejercicio | Fecha de inicio del periodo que se informa (día/mes/año) | Fecha de término del periodo que se informa (día/mes/año) | Origen de la observación (catálogo) | Sujeto obligado a quien se le hace la observación | Fecha en la que se emitió la observación | Razón de la observación | Fundamentos infringidos que dieron origen a la observación | Hipervínculo a cada observación | Fecha de notificación de la observación al sujeto obligado | Fecha de respuesta del sujeto obligado involucrado | Acciones del sujeto obligado para dar cumplimiento a los puntos observados | Estado de la observación (catálogo) | Fecha de conclusión, en caso de estar concluida la observación | Hipervínculo a documentos de seguimiento por parte del organismo garante; en caso de incumplimiento | Nombre del área o funcionario público encargado de verificar su cumplimiiento Tabla_533699 |
Área(s) responsable(s) que genera(n), posee(n), publica(n) y actualizan la información | Fecha de validación | Fecha de actualización | Nota |
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2020 | 01/04/2020 | 30/06/2020 | Denuncia | En Sesión Plenaria del 20 de marzo de 2020, a través del Acuerdo 1246/SE/20-03/2020, se dejaron sin efectos las fechas del calendario de sesiones del Pleno aprobadas por el diverso 4102/SO/18-12/2019, durante el periodo de suspensión de plazos y términos, derivado del brote del virus COVID-19. Por lo anterior, no se generó información correspondiente al periodo que se informa. |
30/06/2020 | En Sesión Plenaria del 20 de marzo de 2020, a través del Acuerdo 1246/SE/20-03/2020, se dejaron sin efectos las fechas del calendario de sesiones del Pleno aprobadas por el diverso 4102/SO/18-12/2019, durante el periodo de suspensión de plazos y términos, derivado del brote del virus COVID-19. Por lo anterior, no se generó información correspondiente al periodo que se informa. |
En Sesión Plenaria del 20 de marzo de 2020, a través del Acuerdo 1246/SE/20-03/2020, se dejaron sin efectos las fechas del calendario de sesiones del Pleno aprobadas por el diverso 4102/SO/18-12/2019, durante el periodo de suspensión de plazos y términos, derivado del brote del virus COVID-19. Por lo anterior, no se generó información correspondiente al periodo que se informa. |
https://infocdmx.org.mx/LTAIPRC-2016-OT/Art133/Fr01/2020/A133Fr01_2020_Informe.pdf | 30/06/2020 | 30/06/2020 | Se hace del conocimiento que dada la contingencia sanitaria generada por el COVID 19, se aprobó la suspensión de plazos y términos mediante Acuerdos 1246/SE/20-03/2020, 1247/SE/17-04/2020, 1248/SE/30-04/2020 y 1257/SE/29-05/2020 correspondientes a este Instituto con fechas 20 de marzo, 17 y 30 de abril, y 29 de mayo todas del año 2020; por lo que este Sujeto Obligado no se encuentra en posibilidad de publicar la totalidad de los campos que se encuentran en el presente formato, siendo que en el trimestre que se reporta, no se ha realizado notificación alguna a los Órganos Internos de Control por lo que, en consecuencia; no es posible llevar a cabo la aportación de datos a esta fracción. |
En proceso | 30/06/2020 | https://infocdmx.org.mx/LTAIPRC-2016-OT/Art133/Fr01/2020/A133Fr01B_2020_T02.docx | 1 | Secretaría Técnica. Dirección de Asuntos Jurídicos | 30/06/2020 | 30/06/2020 | SECRETARÍA TÉCNICA: Considerando que en Sesión Plenaria del 20 de marzo de 2020, a través del Acuerdo 1246/SE/20-03/2020, se dejaron sin efectos las fechas del calendario de sesiones del Pleno aprobadas por el diverso 4102/SO/18-12/2019, durante el periodo de suspensión de plazos y términos, derivado del brote del virus COVID-19, como medida preventiva de riesgos laborales, además de la protección del derecho a la salud de las personas integrantes de los sujetos obligados y al público en general. Acordándose que el Pleno podrá sesionar en los casos que considere necesarios. En este sentido, y como consecuencia de la suspensión antes descrita, no correrán plazos y términos relacionados, entre otros, con: 1. La recepción, substanciación, práctica de notificaciones, resolución y seguimiento a los recursos de revisión interpuestos ante el Instituto. 2. La recepción, substanciación, práctica de notificaciones, resolución y seguimiento de denuncias derivadas de posibles incumplimientos a las obligaciones de transparencia establecidas en la Ley de Transparencia. 3. La recepción, substanciación, práctica de notificaciones, resolución y seguimiento de los escritos interpuestos por probables infracciones a la Ley de Datos. Por lo tanto, las 12 sesiones ordinarias que se tenían programadas a realizarse durante el periodo que se informa no se llevaron a cabo; sin embargo, el Pleno sesionó 6 veces de manera extraordinaria, en las cuales fueron aprobados 18 Acuerdos. Ahora bien, al estar suspendidos los plazos y términos para la recepción, substanciación, práctica de notificaciones, resolución y seguimiento a los recursos de revisión, denuncias derivadas de posibles incumplimientos a las obligaciones de transparencia y los escritos interpuestos por probables infracciones a la Ley de Datos Personales, el Pleno del Instituto no aprobó resoluciones relacionadas con estos temas. |
No contenida en la LTAIPDF