Transparencia INFO



El Instituto determinará dentro de sus competencias, los casos en que se deban cumplir con las obligaciones de transparencia y acceso a la información señaladas en la legislación de la materia, directamente o a través de los sujetos obligados a las personas físicas o morales que:

I. Reciban o ejerzan recursos públicos;

II. Reciban un ingreso local que sea preponderante dentro de su presupuesto, o bien, subsidios, condonaciones o reducciones fiscales;

III. Actúen como un ente de autoridad o realicen una actividad de interés público;

IV. Sean sujetos a permisos, concesiones o licencias; y

V. Cuenten con algún permiso de uso o explotación de bienes públicos, ya sea directamente o de forma subordinada.

Los sujetos obligados correspondientes deberán enviar al Instituto trimestralmente un listado de las personas físicas o morales que se encuentre en los supuestos mencionados.
El Instituto tomará en cuenta si realizan una función gubernamental, el nivel de financiamiento o beneficio público, el nivel de regulación e involucramiento gubernamental y si el gobierno participó en su creación, para resolver sobre el cumplimento de lo señalado en el primer párrafo de este artículo. Artículo 140. Para determinar



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Normatividad

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Instituto de Transparencia, Acceso a la Información Pública, Protección de Datos Personales y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México

La Morena 865 Col. Narvarte Poniente Local 1 C.P. 03020, México D.F.,Tel.: (55) 5636 2120, Fax (55) 5639 2051.