| Ejercicio | Fecha de inicio del periodo que se informa | Fecha de término del periodo que se informa | Sujeto obligado responsable de la asignación de recursos públicos o actos de autoridad | Nombre(s) de la persona física o moral que reciba o utilice recursos públicos | Primer apellido de la persona física que reciba o utilice recursos públicos | Segundo apellido de la persona física que reciba o utilice recursos públicos | Razón social de la persona moral que reciba o utilice recursos públicos o ejerza actos de autori | Tipo de acción conferida (catálogo) | Cumplimiento de obligaciones de transparencia (catálogo) | Área(s) responsable(s) que genera(n), posee(n), publica(n) y actualizan la información | Fecha de validación | Fecha de actualización | Nota |
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| 2024 | 01/01/2024 | 31/12/2024 | Con base en lo establecido en los artículos , 139 y 140 de la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México, así como en los Lineamientos Técnicos para publicar, homologar y estandarizar la información de las Obligaciones establecidas en el Título Quinto de la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México, se informa que los Lineamientos técnicos establecen el procedimiento para recibir informes por parte de los sujetos obligados respecto de las personas físicas o morales que reciban o ejerzan recursos públicos o realizan actos de autoridad. Sin embargo, a la fecha, no se han recibido listados de personas físicas y morales que se ubican en los supuestos mencionados, por parte de los sujetos obligados, en atención a lo dispuesto en los artículos 139 y 140 de la Ley de la materia. Por lo que, no se han recibido tampoco listados de información de interés público a cargo de las personas físicas y morales mencionadas. | Con base en lo establecido en los artículos , 139 y 140 de la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México, así como en los Lineamientos Técnicos para publicar, homologar y estandarizar la información de las Obligaciones establecidas en el Título Quinto de la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México, se informa que los Lineamientos técnicos establecen el procedimiento para recibir informes por parte de los sujetos obligados respecto de las personas físicas o morales que reciban o ejerzan recursos públicos o realizan actos de autoridad. Sin embargo, a la fecha, no se han recibido listados de personas físicas y morales que se ubican en los supuestos mencionados, por parte de los sujetos obligados, en atención a lo dispuesto en los artículos 139 y 140 de la Ley de la materia. Por lo que, no se han recibido tampoco listados de información de interés público a cargo de las personas físicas y morales mencionadas. | Con base en lo establecido en los artículos , 139 y 140 de la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México, así como en los Lineamientos Técnicos para publicar, homologar y estandarizar la información de las Obligaciones establecidas en el Título Quinto de la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México, se informa que los Lineamientos técnicos establecen el procedimiento para recibir informes por parte de los sujetos obligados respecto de las personas físicas o morales que reciban o ejerzan recursos públicos o realizan actos de autoridad. Sin embargo, a la fecha, no se han recibido listados de personas físicas y morales que se ubican en los supuestos mencionados, por parte de los sujetos obligados, en atención a lo dispuesto en los artículos 139 y 140 de la Ley de la materia. Por lo que, no se han recibido tampoco listados de información de interés público a cargo de las personas físicas y morales mencionadas. | Con base en lo establecido en los artículos , 139 y 140 de la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México, así como en los Lineamientos Técnicos para publicar, homologar y estandarizar la información de las Obligaciones establecidas en el Título Quinto de la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México, se informa que los Lineamientos técnicos establecen el procedimiento para recibir informes por parte de los sujetos obligados respecto de las personas físicas o morales que reciban o ejerzan recursos públicos o realizan actos de autoridad. Sin embargo, a la fecha, no se han recibido listados de personas físicas y morales que se ubican en los supuestos mencionados, por parte de los sujetos obligados, en atención a lo dispuesto en los artículos 139 y 140 de la Ley de la materia. Por lo que, no se han recibido tampoco listados de información de interés público a cargo de las personas físicas y morales mencionadas. | Con base en lo establecido en los artículos , 139 y 140 de la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México, así como en los Lineamientos Técnicos para publicar, homologar y estandarizar la información de las Obligaciones establecidas en el Título Quinto de la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México, se informa que los Lineamientos técnicos establecen el procedimiento para recibir informes por parte de los sujetos obligados respecto de las personas físicas o morales que reciban o ejerzan recursos públicos o realizan actos de autoridad. Sin embargo, a la fecha, no se han recibido listados de personas físicas y morales que se ubican en los supuestos mencionados, por parte de los sujetos obligados, en atención a lo dispuesto en los artículos 139 y 140 de la Ley de la materia. Por lo que, no se han recibido tampoco listados de información de interés público a cargo de las personas físicas y morales mencionadas. | Ejerce actos de autoridad | A través de Sujeto Obligado | Dirección de Estado Abierto, Estudios y Evaluación | 13/01/2025 | 13/01/2025 | |
| 2023 | 01/01/2023 | 31/12/2023 | Con base en lo establecido en los artículos 139 y 140 de la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México, así como en los Lineamientos Técnicos para publicar, homologar y estandarizar la información de las Obligaciones establecidas en el Título Quinto de la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México, se informa que los Lineamientos técnicos establecen el procedimiento para recibir informes por parte de los sujetos obligados respecto de las personas físicas o morales que reciban o ejerzan recursos públicos o realizan actos de autoridad. Sin embargo, a la fecha, no se han recibido listados de personas físicas y morales que se ubican en los supuestos mencionados, por parte de los sujetos obligados, en atención a lo dispuesto en los artículos 139 y 140 de la Ley de la materia. Por lo que, no se han recibido tampoco listados de información de interés público a cargo de las personas físicas y morales mencionadas. | Con base en lo establecido en los artículos 139 y 140 de la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México, así como en los Lineamientos Técnicos para publicar, homologar y estandarizar la información de las Obligaciones establecidas en el Título Quinto de la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México, se informa que los Lineamientos técnicos establecen el procedimiento para recibir informes por parte de los sujetos obligados respecto de las personas físicas o morales que reciban o ejerzan recursos públicos o realizan actos de autoridad. Sin embargo, a la fecha, no se han recibido listados de personas físicas y morales que se ubican en los supuestos mencionados, por parte de los sujetos obligados, en atención a lo dispuesto en los artículos 139 y 140 de la Ley de la materia. Por lo que, no se han recibido tampoco listados de información de interés público a cargo de las personas físicas y morales mencionadas. | Con base en lo establecido en los artículos 139 y 140 de la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México, así como en los Lineamientos Técnicos para publicar, homologar y estandarizar la información de las Obligaciones establecidas en el Título Quinto de la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México, se informa que los Lineamientos técnicos establecen el procedimiento para recibir informes por parte de los sujetos obligados respecto de las personas físicas o morales que reciban o ejerzan recursos públicos o realizan actos de autoridad. Sin embargo, a la fecha, no se han recibido listados de personas físicas y morales que se ubican en los supuestos mencionados, por parte de los sujetos obligados, en atención a lo dispuesto en los artículos 139 y 140 de la Ley de la materia. Por lo que, no se han recibido tampoco listados de información de interés público a cargo de las personas físicas y morales mencionadas. | Con base en lo establecido en los artículos 139 y 140 de la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México, así como en los Lineamientos Técnicos para publicar, homologar y estandarizar la información de las Obligaciones establecidas en el Título Quinto de la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México, se informa que los Lineamientos técnicos establecen el procedimiento para recibir informes por parte de los sujetos obligados respecto de las personas físicas o morales que reciban o ejerzan recursos públicos o realizan actos de autoridad. Sin embargo, a la fecha, no se han recibido listados de personas físicas y morales que se ubican en los supuestos mencionados, por parte de los sujetos obligados, en atención a lo dispuesto en los artículos 139 y 140 de la Ley de la materia. Por lo que, no se han recibido tampoco listados de información de interés público a cargo de las personas físicas y morales mencionadas. | Con base en lo establecido en los artículos 139 y 140 de la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México, así como en los Lineamientos Técnicos para publicar, homologar y estandarizar la información de las Obligaciones establecidas en el Título Quinto de la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México, se informa que los Lineamientos técnicos establecen el procedimiento para recibir informes por parte de los sujetos obligados respecto de las personas físicas o morales que reciban o ejerzan recursos públicos o realizan actos de autoridad. Sin embargo, a la fecha, no se han recibido listados de personas físicas y morales que se ubican en los supuestos mencionados, por parte de los sujetos obligados, en atención a lo dispuesto en los artículos 139 y 140 de la Ley de la materia. Por lo que, no se han recibido tampoco listados de información de interés público a cargo de las personas físicas y morales mencionadas. | Ejerce actos de autoridad | A través de Sujeto Obligado | Dirección de Estado Abierto, Estudios y Evaluación | 12/01/2024 | 12/01/2024 | |
| 2022 | 01/01/2022 | 31/12/2022 | Con base en lo establecido en los artículos , 139 y 140 de la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México, así como en los Lineamientos Técnicos para publicar, homologar y estandarizar la información de las Obligaciones establecidas en el Título Quinto de la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México, se informa que los Lineamientos técnicos establecen el procedimiento para recibir informes por parte de los sujetos obligados respecto de las personas físicas o morales que reciban o ejerzan recursos públicos o realizan actos de autoridad. Sin embargo, a la fecha, no se han recibido listados de personas físicas y morales que se ubican en los supuestos mencionados, por parte de los sujetos obligados, en atención a lo dispuesto en los artículos 139 y 140 de la Ley de la materia. Por lo que, no se han recibido tampoco listados de información de interés público a cargo de las personas físicas y morales mencionadas. | Con base en lo establecido en los artículos , 139 y 140 de la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México, así como en los Lineamientos Técnicos para publicar, homologar y estandarizar la información de las Obligaciones establecidas en el Título Quinto de la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México, se informa que los Lineamientos técnicos establecen el procedimiento para recibir informes por parte de los sujetos obligados respecto de las personas físicas o morales que reciban o ejerzan recursos públicos o realizan actos de autoridad. Sin embargo, a la fecha, no se han recibido listados de personas físicas y morales que se ubican en los supuestos mencionados, por parte de los sujetos obligados, en atención a lo dispuesto en los artículos 139 y 140 de la Ley de la materia. Por lo que, no se han recibido tampoco listados de información de interés público a cargo de las personas físicas y morales mencionadas. | Con base en lo establecido en los artículos , 139 y 140 de la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México, así como en los Lineamientos Técnicos para publicar, homologar y estandarizar la información de las Obligaciones establecidas en el Título Quinto de la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México, se informa que los Lineamientos técnicos establecen el procedimiento para recibir informes por parte de los sujetos obligados respecto de las personas físicas o morales que reciban o ejerzan recursos públicos o realizan actos de autoridad. Sin embargo, a la fecha, no se han recibido listados de personas físicas y morales que se ubican en los supuestos mencionados, por parte de los sujetos obligados, en atención a lo dispuesto en los artículos 139 y 140 de la Ley de la materia. Por lo que, no se han recibido tampoco listados de información de interés público a cargo de las personas físicas y morales mencionadas. | Con base en lo establecido en los artículos , 139 y 140 de la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México, así como en los Lineamientos Técnicos para publicar, homologar y estandarizar la información de las Obligaciones establecidas en el Título Quinto de la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México, se informa que los Lineamientos técnicos establecen el procedimiento para recibir informes por parte de los sujetos obligados respecto de las personas físicas o morales que reciban o ejerzan recursos públicos o realizan actos de autoridad. Sin embargo, a la fecha, no se han recibido listados de personas físicas y morales que se ubican en los supuestos mencionados, por parte de los sujetos obligados, en atención a lo dispuesto en los artículos 139 y 140 de la Ley de la materia. Por lo que, no se han recibido tampoco listados de información de interés público a cargo de las personas físicas y morales mencionadas. | Con base en lo establecido en los artículos , 139 y 140 de la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México, así como en los Lineamientos Técnicos para publicar, homologar y estandarizar la información de las Obligaciones establecidas en el Título Quinto de la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México, se informa que los Lineamientos técnicos establecen el procedimiento para recibir informes por parte de los sujetos obligados respecto de las personas físicas o morales que reciban o ejerzan recursos públicos o realizan actos de autoridad. Sin embargo, a la fecha, no se han recibido listados de personas físicas y morales que se ubican en los supuestos mencionados, por parte de los sujetos obligados, en atención a lo dispuesto en los artículos 139 y 140 de la Ley de la materia. Por lo que, no se han recibido tampoco listados de información de interés público a cargo de las personas físicas y morales mencionadas. | Ejerce actos de autoridad | A través de Sujeto Obligado | Dirección de Estado Abierto, Estudios y Evaluación | 06/01/2023 | 06/01/2023 | |
| 2021 | 01/01/2021 | 31/12/2021 | Con base en lo establecido en los artículos 139 y 140 de la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México y al Acuerdo 3772/SO/27-11/2019 del Pleno del Instituto, mediante el cual se reforman los Lineamientos Técnicos para publicar, homologar y estandarizar la información de las Obligaciones establecidas en el Título Quinto de la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México, se informa que los Lineamientos técnicos establecen el procedimiento para recibir informes por parte de los sujetos obligados respecto de las personas físicas o morales que reciban o ejerzan recursos públicos o realizan actos de autoridad. Sin embargo, a la fecha, no se han recibido los listados de personas físicas y morales que se ubican en los supuestos mencionados, por parte de los sujetos obligados, en atención a lo dispuesto en los artículos 139 y 140 de la Ley de la materia. Por lo que, no se han recibido tampoco los listados de información de interés público a cargo de las personas físicas y morales mencionadas. |
Con base en lo establecido en los artículos 139 y 140 de la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México y al Acuerdo 3772/SO/27-11/2019 del Pleno del Instituto, mediante el cual se reforman los Lineamientos Técnicos para publicar, homologar y estandarizar la información de las Obligaciones establecidas en el Título Quinto de la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México, se informa que los Lineamientos técnicos establecen el procedimiento para recibir informes por parte de los sujetos obligados respecto de las personas físicas o morales que reciban o ejerzan recursos públicos o realizan actos de autoridad. Sin embargo, a la fecha, no se han recibido los listados de personas físicas y morales que se ubican en los supuestos mencionados, por parte de los sujetos obligados, en atención a lo dispuesto en los artículos 139 y 140 de la Ley de la materia. Por lo que, no se han recibido tampoco los listados de información de interés público a cargo de las personas físicas y morales mencionadas. |
Con base en lo establecido en los artículos 139 y 140 de la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México y al Acuerdo 3772/SO/27-11/2019 del Pleno del Instituto, mediante el cual se reforman los Lineamientos Técnicos para publicar, homologar y estandarizar la información de las Obligaciones establecidas en el Título Quinto de la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México, se informa que los Lineamientos técnicos establecen el procedimiento para recibir informes por parte de los sujetos obligados respecto de las personas físicas o morales que reciban o ejerzan recursos públicos o realizan actos de autoridad. Sin embargo, a la fecha, no se han recibido los listados de personas físicas y morales que se ubican en los supuestos mencionados, por parte de los sujetos obligados, en atención a lo dispuesto en los artículos 139 y 140 de la Ley de la materia. Por lo que, no se han recibido tampoco los listados de información de interés público a cargo de las personas físicas y morales mencionadas. |
Ejerce actos de autoridad | A través de Sujeto Obligado | Dirección de Estado Abierto, Estudios y Evaluación | 31/12/2021 | 31/12/2021 | |||
| 2020 | 01/01/2020 | 31/12/2020 | Con base en lo establecido en los artículos 139 y 140 de la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México y al Acuerdo 3772/SO/27-11/2019 del Pleno del Instituto, mediante el cual se reforman los Lineamientos Técnicos para publicar, homologar y estandarizar la información de las Obligaciones establecidas en el Título Quinto de la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México, se informa que los Lineamientos técnicos establecen el procedimiento para recibir informes por parte de los sujetos obligados respecto de las personas físicas o morales que reciban o ejerzan recursos públicos o realizan actos de autoridad. Sin embargo, a la fecha, no se han recibido los listados de personas físicas y morales que se ubican en los supuestos mencionados, por parte de los sujetos obligados, en atención a lo dispuesto en los artículos 139 y 140 de la Ley de la materia. Por lo que, no se han recibido tampoco los listados de información de interés público a cargo de las personas físicas y morales mencionadas. |
Con base en lo establecido en los artículos 139 y 140 de la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México y al Acuerdo 3772/SO/27-11/2019 del Pleno del Instituto, mediante el cual se reforman los Lineamientos Técnicos para publicar, homologar y estandarizar la información de las Obligaciones establecidas en el Título Quinto de la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México, se informa que los Lineamientos técnicos establecen el procedimiento para recibir informes por parte de los sujetos obligados respecto de las personas físicas o morales que reciban o ejerzan recursos públicos o realizan actos de autoridad. Sin embargo, a la fecha, no se han recibido los listados de personas físicas y morales que se ubican en los supuestos mencionados, por parte de los sujetos obligados, en atención a lo dispuesto en los artículos 139 y 140 de la Ley de la materia. Por lo que, no se han recibido tampoco los listados de información de interés público a cargo de las personas físicas y morales mencionadas. |
Con base en lo establecido en los artículos 139 y 140 de la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México y al Acuerdo 3772/SO/27-11/2019 del Pleno del Instituto, mediante el cual se reforman los Lineamientos Técnicos para publicar, homologar y estandarizar la información de las Obligaciones establecidas en el Título Quinto de la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México, se informa que los Lineamientos técnicos establecen el procedimiento para recibir informes por parte de los sujetos obligados respecto de las personas físicas o morales que reciban o ejerzan recursos públicos o realizan actos de autoridad. Sin embargo, a la fecha, no se han recibido los listados de personas físicas y morales que se ubican en los supuestos mencionados, por parte de los sujetos obligados, en atención a lo dispuesto en los artículos 139 y 140 de la Ley de la materia. Por lo que, no se han recibido tampoco los listados de información de interés público a cargo de las personas físicas y morales mencionadas. |
Con base en lo establecido en los artículos 139 y 140 de la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México y al Acuerdo 3772/SO/27-11/2019 del Pleno del Instituto, mediante el cual se reforman los Lineamientos Técnicos para publicar, homologar y estandarizar la información de las Obligaciones establecidas en el Título Quinto de la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México, se informa que los Lineamientos técnicos establecen el procedimiento para recibir informes por parte de los sujetos obligados respecto de las personas físicas o morales que reciban o ejerzan recursos públicos o realizan actos de autoridad. Sin embargo, a la fecha, no se han recibido los listados de personas físicas y morales que se ubican en los supuestos mencionados, por parte de los sujetos obligados, en atención a lo dispuesto en los artículos 139 y 140 de la Ley de la materia. Por lo que, no se han recibido tampoco los listados de información de interés público a cargo de las personas físicas y morales mencionadas. |
Con base en lo establecido en los artículos 139 y 140 de la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México y al Acuerdo 3772/SO/27-11/2019 del Pleno del Instituto, mediante el cual se reforman los Lineamientos Técnicos para publicar, homologar y estandarizar la información de las Obligaciones establecidas en el Título Quinto de la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México, se informa que los Lineamientos técnicos establecen el procedimiento para recibir informes por parte de los sujetos obligados respecto de las personas físicas o morales que reciban o ejerzan recursos públicos o realizan actos de autoridad. Sin embargo, a la fecha, no se han recibido los listados de personas físicas y morales que se ubican en los supuestos mencionados, por parte de los sujetos obligados, en atención a lo dispuesto en los artículos 139 y 140 de la Ley de la materia. Por lo que, no se han recibido tampoco los listados de información de interés público a cargo de las personas físicas y morales mencionadas. |
Ejerce actos de autoridad | A través de Sujeto Obligado | Dirección de Estado Abierto, Estudios y Evaluación | 31/12/2020 | 31/12/2020 | Con base en lo establecido en los artículos 139 y 140 de la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México y al Acuerdo 3772/SO/27-11/2019 del Pleno del Instituto, mediante el cual se reforman los Lineamientos Técnicos para publicar, homologar y estandarizar la información de las Obligaciones establecidas en el Título Quinto de la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México, se informa que los Lineamientos técnicos establecen el procedimiento para recibir informes por parte de los sujetos obligados respecto de las personas físicas o morales que reciban o ejerzan recursos públicos o realizan actos de autoridad. Sin embargo, a la fecha, no se han recibido los listados de personas físicas y morales que se ubican en los supuestos mencionados, por parte de los sujetos obligados, en atención a lo dispuesto en los artículos 139 y 140 de la Ley de la materia. Por lo que, no se han recibido tampoco los listados de información de interés público a cargo de las personas físicas y morales mencionadas. |
| 2019 | 01/01/2019 | 31/03/2019 | Ver campo "nota" | Ver campo "nota" | Ver campo "nota" | Ver campo "nota" | Ver campo "nota" | Dirección de Estado Abierto, Estudios y Evaluación | 10/05/209 | 31/03/2019 | http://www.infocdmx.org.mx/LTAIPRC-2016-OT/Art139/2019/A139A_2019-T01_Leyenda.docx | ||
| 2018 | 01/10/2018 | 31/12/2018 | Se informa que los listados con la relación de las personas físicas o morales enviados por los Sujetos Obligados continúan en estudio, no obstante, en virtud del proceso de transición por el que atraviesa este Órgano Garante, la información del Padrón de Personas físicas y morales sujetas a obligaciones de transparencia y acceso a la información que resulten del proceso de análisis, se publicará hasta que sea aprobado por el Pleno del INFODF. Es importante mencionar, que la información de las personas físicas o morales que se encuentre en los supuestos mencionados en este artículo, debe guardar relación con lo que cada sujeto obligado publica en la fracción XXVIII del artículo 121. |
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| 2018 | 01/07/2018 | 30/09/2018 | Se informa que los listados con la relación de las personas físicas o morales enviados por los Sujetos Obligados continúan en estudio, no obstante, en virtud del proceso de transición por el que atraviesa este Órgano Garante, la información del Padrón de Personas físicas y morales sujetas a obligaciones de transparencia y acceso a la información que resulten del proceso de análisis, se publicará hasta que sea aprobado por el Pleno del INFODF. Es importante mencionar, que la información de las personas físicas o morales que se encuentre en los supuestos mencionados en este artículo, debe guardar relación con lo que cada sujeto obligado publica en la fracción XXVIII del artículo 121. |
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| 2018 | 01/01/2018 | 31/03/2018 | Se informa que los listados con la relación de las personas físicas o morales enviados por los Sujetos Obligados continúan en estudio, no obstante, en virtud del proceso de transición por el que atraviesa este Órgano Garante, la información del Padrón de Personas físicas y morales sujetas a obligaciones de transparencia y acceso a la información que resulten del proceso de análisis, se publicará hasta que sea aprobado por el Pleno del INFODF. Es importante mencionar, que la información de las personas físicas o morales que se encuentre en los supuestos mencionados en este artículo, debe guardar relación con lo que cada sujeto obligado publica en la fracción XXVIII del artículo 121. |
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| 2018 | 01/04/2018 | 30/06/2018 | Se informa que los listados con la relación de las personas físicas o morales enviados por los Sujetos Obligados continúan en estudio, no obstante, en virtud del proceso de transición por el que atraviesa este Órgano Garante, la información del Padrón de Personas físicas y morales sujetas a obligaciones de transparencia y acceso a la información que resulten del proceso de análisis, se publicará hasta que sea aprobado por el Pleno del INFODF. Es importante mencionar, que la información de las personas físicas o morales que se encuentre en los supuestos mencionados en este artículo, debe guardar relación con lo que cada sujeto obligado publica en la fracción XXVIII del artículo 121. |
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